Jueves, 9 de Febrero del 2012
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Preguntas frecuentes

¿Cómo se garantiza que la sociedad no tiene deudas y que no ha tenido actividad previa?
¿Cuándo puedo empezar a facturar a nombre de la sociedad que adquiera?
¿Puedo realizar todos los cambios que desee para dejar la sociedad ajustada a mis necesidades?
¿Es necesario que desembolse el Capital Social de la sociedad?
¿De qué se encarga AFFIRMA una vez firmada la venta de la Sociedad en notaría?
¿Es obligatorio que el domicilio de la sociedad se quede en uno de sus Centros de Negocios?

 

¿Cómo se garantiza que la sociedad no tiene deudas y que no ha tenido actividad previa?
En la propia escritura notarial de venta de participaciones, se indica que se transmiten el 100% de las participaciones y que la sociedad no ha tenido actividad alguna desde su constitución.

¿Cuándo puedo empezar a facturar a nombre de la sociedad que adquiera?
Una vez firmadas las escrituras en notaría de cambio de administrador y venta de participaciones, se debe proceder a dar el alta en el Impuesto de Actividades Económicas y Obligaciones Censales, fecha que podrá coincidir con la fecha de la compra de la Sociedad.

¿Puedo realizar todos los cambios que desee para dejar la sociedad ajustada a mis necesidades?
Sí, usted puede cambiar, Órgano de Administración, Administradores, domicilio, denominación social, objeto social, en base a sus necesidades y todo en el mismo acto sin tener que firmarlo posteriormente y evitándose más gastos.

¿Es necesario que desembolse el Capital Social de la sociedad?
No es necesario, ya que AFFIRMA ya ha cumplido con esa exigencia legal necesaria para la firma de constitución en notaría; retiramos el capital social de la compañía, y usted no es necesario que lo vuelva a desembolsar.

¿De qué se encarga AFFIRMA una vez firmada la venta de la Sociedad en notaría?
Una vez que usted firme en notaria, nosotros nos encargamos de recoger las escrituras de la notaria, e inscribir la escritura de acuerdos sociales en el Registro Mercantil. Si posteriormente usted desea que le gestionemos trámites como alta en agencia tributaria, alta en seguridad social, alta de trabajadores, contabilidad de la compañía, póngase en contacto con nosotros y se lo gestionamos de forma rápida y profesional.

¿Es obligatorio que el domicilio de la sociedad se quede en uno de sus Centros de Negocios?
No, pero también es verdad que es un servicio añadido muy útil que podemos prestar a nuestros clientes ya que contamos con diversos centros en Madrid y Barcelona, con multitud de servicios a su vez, recibir correspondencia, llamadas, oficinas virtuales, salas de reuniones, que al fin y al cabo, hace más fácil la gestión de su compañía

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